SISTEMA DE APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE FAUNA SILVESTRE EN LA REGIÓN DE ALTA MARGINACIÓN DEL ALTIPLANO POTOSINO
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Keywords
UMA
Resumen
A partir del 2001, el Gobierno Federal Mexicano (SEMARNAT-DGVS), con la publicacion de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) sustenta el aprovechamiento de la fauna en el territorio mexicano a través del registro de predios bajo la denominación de Unidades de Manejo para el Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA), lo que hace posible el establecimiento de empresas para hacer uso del recurso natural de flora y fauna silvestres. En la actualidad, son mas de 12,570 UMA registradas, las cuales contemplan una superficie total de mas de 38.78 millones de hectáreas. Bajo este registro, son diversos los casos de éxito que se conocen sobre el aprovechamiento sustentable de fauna silvestre cinegética en los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Nuevo León, Aguascalientes y Yucatán, principalmente. Sin embargo, la mayoría de estos casos se refieren a predios particulares como ranchos ganaderos diversificados donde los duenos de los predios cuentan con el capital económico para sufragar los gastos de
operación. El caso opuesto es un gran número de UMA, que no obstante obtuvieron su registro bajo el apoyo económico de programas nacionales, han sido abandonadas en su operación por la falta de recursos económicos para solventar el ejercicio de las mismas, poniendo en riesgo la conservación de las especies de fauna, ademas de motivar el aprovechamiento ilegal bajo el argumento de que cuentan con el registro de UMA. Estos casos son generalizados a nivel nacional en terrenos ejidales donde es necesario implementar sistemas que garanticen la operación de la empresa, en beneficio de sus agremiados y la conservación de la biodiversidad.